sábado, 12 de marzo de 2011

CENTER FOR ENGLISH LANGUAGE IMMERSION


Embajada EE.UU. y Universidad Latina Inauguran Nuevo Centro para Clases de Inglés Asequibles y de Calidad

Marzo 2, 2011
Embajadora Powers y Ministra de Educación Molinar
La Embajadora Powers y la Ministra de Educación Lucy Molinar cortaron la cinta inaugural.
La Embajada de Estados Unidos de América y la Universidad Latina inauguraron el Centro para Inmersión en el Idioma Inglés (CELI, por sus siglas en inglés).  El CELI es una organización sin fines de lucro que ofrecerá clases de inglés de alta calidad a costos asequibles, para todos los niveles, dirigidas al público en general.  Adicionalmente, el centro brindará cursos de preparación para las pruebas IELTS y TOEFL y otras actividades de desarrollo cultural que ayudarán a fortalecer aún más los lazos entre Estados Unidos y Panamá. 
La Embajadora de Estados Unidos en Panamá, Phyllis Powers, destacó que “Estamos emocionados en poder inaugurar oficialmente al CELI el día de hoy. Este Centro es la culminación de más de un año de arduo trabajo y cooperación entre nuestros socios, la Universidad Latina y el Ministerio de Educación. Creemos que estudiar inglés abre las puertas de la oportunidad, y por medio del CELI muchos panameños brillantes podrán alcanzar sus sueños”.
Las inscripciones para clases en el CELI iniciarán el 14 de marzo del 2011, en el salón 102 de la Universidad Latina en la ciudad de Panamá, y la matrícula tendrá un costo de $50.00, acreditables al costo del primer curso.
La Embajada de Estados Unidos ofrece muchos programas nuevos y ampliados para estudiantes de todas las edades que deseen aprender inglés, ingresar a universidades en Estados Unidos y participar en programas culturales y de intercambio, que promueven un crecimiento educativo continuo.  Para más información sobre el Centro para Inmersión en el Idioma Inglés sírvase visitar su sitio web en www.celionline.com, escriba al e-mail celicenterforenglish@gmail.com o llame al teléfono 230-7986.


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PERSONERÍA JURÍDICA

PERSONERÍA JURÍDICA



Resuelto No. 32, Panamá 7 de marzo de 1988 Mediante apoderado legal, Francisco Vega, varón panameño, abogado, mayor de edad, casado con cédula de identidad personal No. 8-423-501, con domicilio en El Milagro No. 2, 31B, Bethania, de esta ciudad, en su condición de Presidente y Representante Legal de la ¨ASOCIACIÓN DE BECARIOS FULBRIGHT-PANAMA, en español y FULBRIGHT ALUMNI ASSOCIATION-PANAMA¨ en inglés, solicita al Ministerio de Gobierno y Justicia, le confiera a la misma, Personería Jurídica. Para fundamentar su pretensión, ha presentado la siguiente documentación: a) Poder y memorial petitorio b) Acta de Fundación c) Acta de aprobación de estatutos d) Estatutos e) Listado de la Directiva de la Asociación f) Nota explicativa del USIS, sobre el programa de becas. Examinada la documentación presentada, ha quedado establecido que la entidad no persigue fines lucrativos, sino que sus objetivos, entre otros son: promover el intercambio científico, cultural y educativo entre la República de Panamá y los Estados Unidos de América, contribuir a la divulgación del programa de becas Fulbright en la República de Panamá; promover seminarios, conferencias y otras actividades y medios de difusión de disciplinas académicas en ambos países. Como estos propósitos no pugnan con la Constitución Política de la República de Panamá, ni con las disposiciones legales vigentes que rigen la materia;

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

En uso de sus facultades legales,

RESUELVE:

Aprobar los Estatutos de la Asociación denominada ¨ASOCIACIÓN DE BECARIOS FULBRIGHT-PANAMÁ EN español y ¨FULBRIGHT ALUMNI ASSOCIATION-PANAMA¨ en inglés y reconocerle Personería Jurídica conforme a lo establecido en los artículos 39 de la Constitución Política, 64 y 69 del Código Civil y el artículo 14 de la ley33 de 1984. Toda modificación posterior de estos estatutos debe ser sometida a la aprobación previa del Ministerio de Gobierno y Justicia. La Personería Jurídica concedida no ampara actividades distintas a las indicadas en los estatutos aprobados. Este resuelto surtirá sus efectos legales a partir de su inscripción en el Registro Público. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

Original firmado



RODOLFO CHIARI DE LEÓN

Ministro de Gobierno



TARGIDIO A. BERNAL GUARDIA

Viceministro de Gobierno y Justicia



Documento transcrito de su original